jueves, 18 de abril de 2013

Fallo de la Camara sobre la Ley de Servicios de Comunicacion Audiovisual

Foto TELAM

RESULTADO CANTADO

El dia miercoles 17 de abril, la Sala I de la Cámara Civil y Comercial confirmo la constitucionalidad de los artículos 41 y 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual , que refieren a la transferencia de licencias y plazo de adecuación a los límites de concentración dispuestos por la ley, y declaro inconstitucionales los apartados relativos a la concentración en televisión por cable y la noción de que el régimen de multiplicidad de licencias de la ley no pueda alegarse como derecho adquirido frente a normas anti concentración.

 El fallo escrito en su totalidad por el juez De las Carreras declaro la inconstitucionalidad de dos artículos esenciales para el Gobierno en lo referido al tope de las licencias permitidas, pero avalo los plazos de desinversión previstos en la norma. Lo que aún se mantiene en una zona gris es desde cuándo empieza a correr el plazo desinversión

Los camaristas objetaron aspectos de dos artículos de la ley sancionada en 2009 (el 45 y el 48), con el argumento de que generan “inseguridad económica” para el multimedios, además de amenazar su rentabilidad y su “capacidad competitiva”, lo que –según su razonamiento– afecta el “derecho de propiedad”, pero además “restringe la libertad de expresión”. El fallo, en esencia, cuestiona el carácter antimonopólico de la ley.

De ahora en más la pelea final será dada en la Corte Suprema de Justicia -que había fallado en relación a la cautelar - ya que allí apelaran el Estado Nacional y el Grupo Clarín.

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